Protección legal integral en casos de blanqueo de capitales, estafas financieras y delitos contra la Hacienda Pública en Marina Alta.
Consulta UrgenteRepresentación legal especializada en casos de fraude fiscal, blanqueo de capitales y delitos contra el orden socioeconómico contemplados en el Código Penal.
Defender mi CasoDefensa profesional ante denuncias por delitos fiscales, incluyendo fraude en IVA, IRPF y Sociedades, con estrategias adaptadas a cada situación.
Proteger mis InteresesDefensa legal en casos de apropiación indebida, falsedad documental y otras modalidades de estafa en operaciones bancarias y financieras.
Consultar AhoraComo abogado especializado en delitos económicos y fraude en Marina Alta, ofrezco una defensa estratégica adaptada a la complejidad de los casos financieros y fiscales.
Mi enfoque combina el conocimiento profundo de la legislación penal económica con estrategias personalizadas para cada cliente, garantizando que sus derechos sean protegidos en todo momento.
Entiendo el impacto personal y profesional que genera una investigación por delitos económicos. Por eso ofrezco un asesoramiento claro y transparente desde el primer momento.
Hablar con el Abogado"Juan me defendió en un caso complejo de presunto fraude fiscal. Su conocimiento del Código Penal y procedimiento fiscal fue determinante para resolver favorablemente mi situación."
"Excelente defensa en un caso de blanqueo de capitales. Juan supo navegar por la complejidad del caso y logró demostrar la licitud de los fondos cuestionados."
"Cuando mi empresa fue investigada por un presunto delito económico, la intervención de Juan García fue clave para aclarar la situación y evitar consecuencias graves."
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Los delitos económicos incluyen fraude fiscal, blanqueo de capitales, estafas, apropiación indebida, insolvencias punibles y otros ilícitos contra el orden socioeconómico regulados en el Código Penal.
El plazo de prescripción varía según la pena máxima prevista para el delito, desde 5 años para delitos leves hasta 15-20 años para los más graves. Es fundamental actuar rápidamente para preparar una defensa efectiva.
El fraude fiscal es la figura básica regulada en el art. 305 del CP, mientras que el delito fiscal agravado (art. 306) aplica cuando la cuantía defraudada supera los 120.000€ en IVA o 250.000€ en otros impuestos.
En algunos casos es posible regularizar la situación tributaria para evitar la vía penal, pero requiere una estrategia cuidadosa y asesoramiento especializado desde el primer momento.
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